Ley 392

GobiernoComercial Y Económica - Banca
Número de Edición392
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

27 de noviembre

LEY Nº 392

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único.- Dentro del año calendario, el Banco Agrícola de Bolivia cancelará la suma de Ocho Millones de Bolivianos que se adeuda a las poblaciones beneficiadas con los fondos del sobreprecio a la mayor producción de goma, de acuerdo a las leyes de 31 de diciembre de 1945 y 2 de junio de 1947, suma total que fué injustamente cargada a dichas poblaciones por la Resolución Suprema de 8 de octubre de 1947.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 13 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcazar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. Pérez Arce, Senador Secretario.-...

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