Ley 1190

GobiernoAdministrativa - Honorífica
Número de Edición1190
Fecha de Publicación 4 de Octubre de 1990

1190


LEY DE 4 DE OCTUBRE DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Institúyese el Premio Nacional de Teatro “PETER TRAVESI CANEDO”, en homenaje a la memoria del destacado actor y director de teatro cochabambino, como medio de estímulo de la actividad teatral en Bolivia.

ARTICULO 2º.- El Premio, consistente en dinero y un trofeo artístico, se otorgará en las siguientes categorías:

DRAMA, COMEDIA Y COMEDIA MUSICAL

ARTICULO 3º.- Confórmase el Comité de Administración del Premio Nacional de Teatro con sede en la ciudad de Cochabamba e integrado por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Instituto Boliviano de Cultura de la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, de la Unión Nacional de Escritores y Artistas, de la Universidad Mayor de San Simón y del Instituto Boliviano de Arte (IBART).

El Comité aprobará un Reglamento de otorgación del Premio Nacional de Teatro, en el término de 30 días, a partir de su constitución.

ARTICULO 4º.- El Presupuesto General de la Nación, consignará anualmente en la partida del Instituto Boliviano de Cultura, la suma en pesos bolivianos equivalente a $us. 10.000.- (diez mil dólares americanos), como aporte del Estado al Premio instituido.

Se autoriza al Comité de Administración, gestionar recursos adicionales para solventar el Premio Nacional.

ARTICULO 5º.- El Premio instituido por la presente Ley, será otorgado en ocasión del...

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