Ley 3310

GobiernoAdministrativa - Servicio De Gas
Número de Edición3310
Fecha de Publicación13 de Enero de 2006

LEY N° 3310

LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Autorizase al Poder Ejecutivo a través de los Ministerios competentes, la construcción del gasoducto en el siguiente tramo: Camargo - Tupiza - Atocha - Uyuni del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2. Autorizase la construcción de conexiones intermedias para poblaciones circundantes al ramal principal del gasoducto del Sudoeste Potosino.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan...

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