Decreto Ley 2950
Gobierno | Administrativa - Organización Estatal |
Número de Edición | 2950 |
Fecha de Publicación | 31 de Diciembre de 1952 |
30 de enero
DECRETO LEY Nº 2950
Gral. de Brig. HUGO BALLIVIAN R.
Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Inmigración ha definido la política inmigratoria, ajustada al concepto de que el país, para su desarrollo económico y demográfico, requiere de corrientes sanas de inmigración de trabajadores campesinos, que constituyen fuerzas vivas de producción y acrecienten las bases de nuestras fuentes de economía nacional;
Que, es necesario establecer un organismo técnico en la materia, que tenga como principal finalidad el estudio y desarrollo de los programas que pudiera adoptar el Supremo Gobierno;
En Junta Militar de Gobierno, se dicta el presente
DECRETO-LEY:
Artículo 1º- Créase la Dirección General de Inmigración y Coordinación como organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración y constituida por el siguiente personal rentado:
Un Director General.
Un Inspector General de Inmigración y Extranjería.
Un Oficial-Secretario.
Dos Auxiliares.
Artículo 2º- Serán atribuciones principales de la Dirección General de Inmigración y Coordinación:
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El estudio y ejecución de un plan integral sobre inmigración que se ajuste a las necesidades y otras peculiaridades del país;
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Mantener relaciones y establecer una labor coordinada con otros organismos o reparticiones cuyo carácter de funciones tengan relación con la materia, como ser el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el Ministerio de Defensa Nacional y Colonización, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Economía Nacional;
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Proceder al estudio y redacción de un estatuto orgánico sobre inmigración que se halle acorde con las medidas legales en vigencia y con los convenios internacionales que el Estado tiene suscritos;
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Hacer acopio de toda literatura que se refiere a inmigración y extranjería, como base de ilustración para la posible suscripción de convenios o tratados, de carácter bilateral, con otros países;
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