Ley 684

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Salud
Número de Edición684
Fecha de Publicación21 de Diciembre de 1984

LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1984

No. 684

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Declárase de carácter prioritario, la construcción de un hospital general para la atención de la población de El Alto de La Paz.

ARTICULO 2o.- Autorízase al Poder Ejecutivo a gestionar el financiamiento respectivo para la realización de los estudios de factibilidad, ejecución de las obras y equipamiento.

ARTICULO 3o.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente ley.

Comuniquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR