Ley 2872

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición2872
Fecha de Publicación 8 de Octubre de 2004

LEY N° 2872

LEY DE 1 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional y nacional la construcción del Centro Cultural de la Academia de Música “MAN CESPED” en la Colina de San Sebastián que estará ubicada en la Zona Noreste preliminarmente, con la finalidad de rescatar y relevar la función cultural y la música del Departamento y la ciudad de Cochabamba.

ARTICULO 2°.- Para efecto de implementación y la puesta en marcha de dicho centro, encargase al Viceministerio de Cultura y a la Alcaldía Municipal de Cochabamba, para que mediante sus departamentos técnicos convaliden o elaboren un proyecto a diseño final, el mismo que deberá ser coordinado con la Academia “MAN CESPED”, en el entendido que esta instancia cuenta con el perfil del proyecto de arquitectura y costos preliminares.

ARTICULO 3°.- El Viceministerio de Cultura, la Prefectura de Cochabamba, la Honorable Alcaldía Municipal de Cercado, la Universidad de San Simón y el Directorio de la Academia “MAN CESDED”, quedan encargados de la gestión de recursos...

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