Ley 4158

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición4158
Fecha de Publicación18 de Enero de 2010

LEY Nº 4158

LEY DE 12 DE ENERO DE 2010

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Se declara de prioridad departamental la construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí.

ARTICULO 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, elaborar los estudios de preinversión para la construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí.

ARTICULO 3. La Prefectura del Departamento, financiará la preinversión para las obras de construcción del inmueble de la Fiscalía del Distrito de Potosí, con recursos del impuesto Directo a los hidrocarburos.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de diciembre de dos mil nueve años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo...

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