Ley 320

GobiernoAdministrativa - Subasta De Inmuebles
Número de Edición320
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

15 de noviembre

LEY Nº 320.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo único.- Se autoriza al Arzobispado de La Paz para que, en subasta pública, venda la finca denominada "Comunidad", a la Parroquia de Charazani, capital de la Provincia Bautista Saavedra, cuyos fondos se invertirán en la conclusión de los trabajos del Templo de dicha capital. El manejo de los fondos estará a cargo de la Junta Pro-Templo.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 9 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Manuel Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) Carlos López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador...

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