Ley 335

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición335
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

15 de noviembre

LEY Nº 335.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1°.- De los recursos emergentes de la Ley de 30 diciembre de 1948, destínase la suma de Quinientos mil bolivianos (Bs. 500.000.-) como subvención del Estado para la construcción del puente sobre el río Caine que realiza el señor Victor Prado Urey con recursos propios.

Artículo 2°.- Estos fondos serán invertidos con intervención de la Contraloría General de la República.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 9 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcazar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador...

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