Ley 2051

GobiernoAdministrativa - Desastre Natural
Número de Edición2051
Fecha de Publicación21 de Febrero de 2000

LEY N° 2051

LEY DE 2 DE FEBRERO DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Se declara zona de desastre Nacional el área geográfica que abarca el conflicto que involucra a las comunidades de Qaqachacas, Laimes, Jucumanis de los Departamentos de Oruro y Potosí.

ARTICULO 2º.- Se autoriza al Poder Ejecutivo disponer de los recursos económicos para atender los gastos emergentes del conflicto y consiguiente pacificación.

ARTICULO 3º.- Se autoriza al Poder Ejecutivo disponer los recursos económicos necesarios, por esta única vez, para socorrer a los familiares de los fallecidos, producto de los enfrentamientos de las comunidades de Sora Sora y Viluyo en fechas 23 y 24 de enero de 2000.

ARTICULO 4º.- Se encomienda al Poder Ejecutivo elaborar un plan integral de desarrollo y prevención de conflictos para la zona de desastre, autorizándose al Tesoro General de la Nación disponer de los recursos para este objetivo.

Pase al Poder Ejecutivo para fines...

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