Ley 3619

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición3619
Fecha de Publicación 3 de Abril de 2007

LEY Nº 3619

LEY DE 21 DE MARZO 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. De conformidad con el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto transferir, con carácter gratuito, un área de terreno de 18.942,99 m2 de su propiedad, a favor de la Universidad Pública de El Alto, ubicada en la Urbanización Villa Esperanza, Comunidad Yunyugo de la ciudad de El Alto, con folio real 2.01.4.01. 0009791.

ARTÍCULO 2. El bien que se transfiere a la Universidad Pública de El Alto, está destinado a la construcción de la Ciudad Universitaria, consiguientemente no podrá ser transferido, cedido total o parcialmente a terceras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Su incumplimiento dará lugar a la reversión automática de los predios al patrimonio Municipal de la ciudad de El Alto.

ARTÍCULO 3. La Universidad Pública de El Alto, deberá realizar la construcción de la Ciudad Universitaria de El Alto, en un término no mayor a dos...

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