Ley 3100

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición3100
Fecha de Publicación29 de Julio de 2005

LEY N° 3100

LEY DE 15 DE JULIO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°. Autorízase al Tesoro General de la Nación para que a través de AASANA se proceda con el pago de un terreno a valor catastral de propiedad de la Comunidad Religiosa Adoratrices Esclavas del Santísimo y de la Caridad - Asilo Belisario Boeto, con una superficie de 96.811,80 m2, parcela Nº 33 - LL, Código Catastral D-023 M-05081 - 545 -000, inscrito en Derechos Reales Nº 1.01.199.0028845 del Distrito Judicial de Chuquisaca, en favor de AASANA, el mismo que fue utilizado en la construcción, ampliación del Aeropuerto Juana Azurduy de Padilla de la ciudad de Sucre, en el año 1975.

ARTICULO 2°. El pago por la expropiación de los 96.811.80 m2 deberá ser efectuado por una de las tres siguientes modalidades en efectivo, con obras sociales que permitan ampliar y/o mejorar la infraestructura del Colegio La Inmaculada de la ciudad de Sucre, o con un terreno que tenga el mismo valor catastral.

ARTICULO 3.- Una vez cumplido con el pago por la expropiación, la Comunidad Religiosa...

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