Ley 3991

GobiernoAdministrativa - Educativa
Número de Edición3991
Fecha de Publicación24 de Diciembre de 2008

LEY Nº 3991

LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Se dispone la gratuidad del trámite de obtención del Diploma de Bachiller, por lo que los estudiantes promovidos del cuarto curso de secundaria tanto de establecimientos públicos como privados del país que tramiten este documento, están exentos del pago por dicho concepto.

Artículo 2. Los costos que representan la emisión del Diploma de Bachiller, serán cubiertos por recursos Departamentales.

Artículo 3. Los Diplomas de Bachiller, extendidos por los Servicios Departamentales de Educación del país (SEDUCAS), tienen validez legal para su inscripción en el sistema universitario público, privado o cualquier otra instancia de educación superior.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR