Ley 3987

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Agua
Número de Edición3987
Fecha de Publicación 2 de Enero de 2009

LEY Nº 3987

LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental, el diseño y construcción de la Represa “La Laguna”, ubicada en el Cantón Tacaquira del Municipio de Camargo, Primera Sección de la Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca, con el fin de fomentar el Desarrollo Sostenible e incentivar la actividad agrícola.

Artículo 2. La Prefectura del Departamento de Chuquisaca y el Gobierno Municipal de Camargo son los encargados de gestionar los recursos económicos internos y externos necesarios para el estudio de preinversión y posterior ejecución de la Represa “La Laguna”.

Artículo 3. Quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca y el Gobierno Municipal de Camargo.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del...

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