Ley 267

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Asignacion Presupuestaria
Número de Edición267
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

3 de octubre

LEY Nº 267

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único.- Con cargo al Servicio de Obligaciones del Estado del Presupuesto Nacional, se fija la pensión mensual de Bs. 6.000.- (seis mil bolivianos) para la viuda e hijos del que fué Mayor de Carabineros José Dominguez Medina; igualmente se fija la pensión mensual de Bs. 6.000.- (seis mil bolivianos) para la esposa e hijos del que fué Teniente de Carabineros Javier Zeballos Paredes, ambos muertos en defensa de la Constitución y de la Democracia.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 28 de septiembre de 1950.

(Fdo.) Juan Mnl. Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR