Ley 1945

GobiernoInternacional - Cooperación
Número de Edición1945
Fecha de Publicación22 de Marzo de 1999

LEY N° 1945

LEY DE 18 DE MARZO DE 1999

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio para Establecer un Mecanismo de Cooperación entre la República de Bolivia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, para la Provisión de Servicios Técnicos del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos para actividades efectuadas por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América en Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz el 21 de julio de 1998.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve...

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