Ley 3125

GobiernoTema Administrativa - Organización Institucional
Número de Edición3125
Fecha de Publicación24 de Agosto de 2005

LEY N° 3125

LEY DE 4 DE AGOSTO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. Se encomienda al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Gobierno disponga la creación inmediata de un Distrito Policial en el área de jurisdicción de la Circunscripción Uninominal Nº 8 de la ciudad de La Paz, la sede del Distrito Policial sería en Alto Pampahasi - Escobar Uria, al lado del Centro de Salud, terreno municipal cuyo uso está asignado para la Policía Nacional. Los recursos para la construcción e implementación del Distrito Policial serán provistos por el Tesoro General de la Nación y por la Cooperación Internacional que tramite el Ministerio de Gobierno.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de julio de...

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