Ley 3245

GobiernoInternacional - Penal
Número de Edición3245
Fecha de Publicación14 de Diciembre de 2005

LEY N° 3245

LEY DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el “Tratado entre la República de Bolivia y la República del Paraguay sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento Especial”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 11 de julio de 2000.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis...

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