Ley 3246

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición3246
Fecha de Publicación14 de Diciembre de 2005

LEY N° 3246

LEY DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º(Objeto) La presente Ley tiene por objeto autorizar la transferencia de recursos en calidad de préstamo, para el financiamiento de la ampliación del “Dique de Colas de Laguna Pampa”, en el Departamento de Potosí.

ARTICULO 2º(Financiamiento). Se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), transferir en calidad de préstamo a la Prefectura del Departamento de Potosí, la suma de $us. 180.000.- (Ciento Ochenta Mil 00/100 Dólares Americanos), para que dicha Prefectura transfiera, también en calidad de préstamo, a la Asociación de Ingenios de Potosí, la suma de hasta $us. 180.000.- (Ciento Ochenta Mil 00/100 Dólares Americanos), destinados exclusivamente al pago de obras de mejoramiento y ampliación de dos años de vida útil del Dique de Laguna Pampa.

ARTICULO 3º(Contratos de Préstamo). Para efectivizar la transferencia de los recursos, la Prefectura del Departamento de Potosí y la COMIBOL y, análogamente, la Prefectura del Departamento de Potosí y la Asociación de Ingenios de Potosí deberán suscribir Contratos de Préstamo respectivos.

Los Ministros de la...

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