Ley 3824

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Salud
Número de Edición3824
Fecha de Publicación 8 de Febrero de 2008

LEY Nº 3824

LEY DE 18 DE ENERO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil siete años.

Artículo 1. Se declara de prioridad departamental, la construcción de una Red de Distribución de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario en el Distrito 9 de la zona Sud de la Circunscripción N° 12 de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba, en beneficio de toda la población.

Artículo 2. Se autoriza al Poder Ejecutivo y a la Prefectura del Departamento de Cochabamba, gestionar financiamientos de la cooperación internacional, para la construcción de la red de agua potable y sistema de alcantarillado sanitario, en coordinación con...

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