Ley 3818

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3818
Fecha de Publicación 8 de Febrero de 2008

LEY Nº 3818

LEY DE 18 DE ENERO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental la ejecución del pavimentado del tramo carretero, Obrajes - Banderani, límite con el Departamento de Cochabamba, ubicado en la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.

Artículo 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro gestionar los recursos económicos necesarios para las fases de preinversión y ejecución del mencionado proyecto.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil siete años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo...

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