Ley 3103

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3103
Fecha de Publicación24 de Agosto de 2005

LEY N° 3103

LEY DE 28 DE JULIO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Declárase de prioridad departamental y necesidad regional la transferencia del camino vecinal Caracollo - Colquiri - Cavari - Inquisivi - Arcopongo - Covendo a responsabilidad y competencia departamental para la conservación y mantenimiento, la apertura y ampliación de la ruta que conecta a cinco municipios que comprende y conecta la Provincia Cercado del Departamento de Oruro, la Provincia Inquisivi con la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz y ésta con el Departamento del Beni.

ARTICULO 2º. La Prefectura del Departamento de La Paz y los Gobiernos Municipales de los municipios que están comprendidos en la presente Ley, gestionarán y asignarán recursos económicos necesarios, para que a través del Servicio Departamental de Caminos, se proceda a la conservación y mantenimiento, la ampliación y apertura de las rutas mencionadas en el Artículo...

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