Ley 3893

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Básica; Servicio De Agua
Número de Edición3893
Fecha de Publicación 8 de Julio de 2008

LEY Nº 3893

LEY DE 18 DE JUNIO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1 .- Declárase de prioridad nacional y departamental la construcción de la represa de Umall - Umani, Alto Yaraqui, que beneficiará de manera directa a las comunidades Parco Collana, Sapana y Aparu y a la Provincia San Pedro de Totora del Departamento de Oruro.

Artículo 2.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Agua, la Prefectura del Departamento y los Gobiernos Municipales, quedan encargados de gestionar el financiamiento para la elaboración de los estudios de prefactibilidad y factibilidad y su ejecución hasta su implementación.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio...

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