Ley 1528

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1528
Fecha de Publicación11 de Febrero de 1994

LEY N° 1528

LEY DE 14 DE ENERO DE 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Villa Barrientos en la Jurisdicción de la Provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: Conchitas, Huari, Maticusini, El Arrozal, Huañamarca, Incapucara Grande, Incapucara Chico, Totora, Moromuerto, Tocoroni y Villa Esmeralda.

ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón La Asunta; al Sud, con el cantón Loza; al este, con el cantón La Asunta y al Oeste con el Cantón Ocabaya, todos de la Provincia Sud Yungas.

ARTICULO TERCERO.- De conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.

Pase al Poder Ejecutivo para fines...

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