Ley 1835

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Otros
Número de Edición1835
Fecha de Publicación17 de Abril de 1998

LEY N° 1835

LEY DE 31 DE MARZO DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se declara Zona de Desastre Nacional al Departamento de Potosí, disponiéndose que el Poder Ejecutivo asigne las partidas presupuestarias necesarias, con el objetivo de aplicar programas provenientes y correctivos de los problemas naturales ocurridos en este Departamento.

ARTICULO SEGUNDO.- Los recursos dispuestos en las partidas presupuestarias, serán ejecutadas en coordinación con la Prefectura del Departamento de Potosí, de acuerdo a los planes y programas existentes.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca...

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