Ley 959

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición959
Fecha de Publicación11 de Enero de 1988

LEY DE 25 DE ENERO DE 1988

Nº.- 959

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárese de prioridad nacional la construcción de una Penitenciería Nacional en el departamento de Oruro, que funcionará de acuerdo al decreto supremo de 19 de septiembre de 1973.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo la contratación de créditos internos y/o externos para la inmediata ejecución de la obra.

ARTICULO TERCERO.- Encomiéndase a la Corporación Regional de Desarrollo (CORDEOR) y a la Prefectura del Departamento de Oruro, la elección de la localización más adecuada y la elaboración del respectivo proyecto a diseño final.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y ocho años.

FDO. Juan Lucio...

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