Ley 2278

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2278
Fecha de Publicación 5 de Diciembre de 2001

LEY N° 2278

DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2001

JORGE QUIROGA RAMÍREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el artículo 59°, numeral 7°, de la Constitución Política del Estado, autorízase al Servicio Nacional de Caminos, la transferencia a título gratuito, de la “Casa de Huéspedes” de la ciudad de Cobija, ubicada en la Avenida 9 de Febrero s/n de dicha ciudad, con una extensión de 808 metros cuadrados de terreno y un área construida de 199,50 metros cuadrados, cuyos límites son: Al Norte, con la Prefectura de Pando, con 37,70 metros; al Este, con la Avenida 9 de Febrero, con 21,15 metros; al Sud, con la Prefectura de Pando SEPCAM,con 37,70 metros; al Oeste, con la Prefectura SEPCAM, con 21,75 metros, en favor de la Prefectura del Departamento de Pando, con destino al funcionamiento de las Oficinas y Sala de Sesiones del Consejo Departamental.

Remítase al Poder...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR