Ley 3838

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Turística
Número de Edición3838
Fecha de Publicación14 de Febrero de 2008

LEY Nº 3838

LEY DE 3 DE MARZO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental la construcción del “Paseo Turístico Orureño”, ubicado entre las avenidas: René Barrientos, Germán Busch, Gran Chaco y Capitán Víctor Ustaris de la ciudad de Oruro con la finalidad de fortalecer la actividad turística de este departamento.

Artículo 2.- En el marco de las competencias del Gobierno Municipal de la ciudad de Oruro, debe implementar el proyecto, articulando los recursos mediante proyectos concurrentes con la Prefectura del Departamento de Oruro.

Artículo 3.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro y al Gobierno Municipal de la ciudad de Oruro, inscribir los recursos necesarios y suficientes para la construcción de la infraestructura citada y de acuerdo entre partes.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en...

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