Ley 3848

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Turística
Número de Edición3848
Fecha de Publicación15 de Mayo de 2008

LEY Nº 3848

LEY DE 8 DE MAYO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase zona Prioritaria de Desarrollo Turístico a la Provincia Arce del Departamento de Tarija.

Artículo 2. El Viceministerio de Turismo, la Prefectura de Tarija y los Gobiernos Municipales de la Provincia, elaborarán y ejecutarán Proyectos y Programas de Promoción y Desarrollo del Turismo, en la Provincia Arce del Departamento de Tarija.

Artículo 3. Encomiéndase a la Prefectura de Tarija y Gobiernos Municipales de la Provincia Arce del Departamento de Tarija, asignar los recursos necesarios para la concreción de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de abril de dos mil...

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