Ley de 5 de octubre de 1957

GobiernoAdministrativa - Pensión Vitalicia
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1957

Ley de 5 de octubre de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

El Congreso Nacional,

DECRETA:

Artículo único.- Elévase a rango de Ley el D.S. Nº 4704, de fecha 5 del presente mes de agosto, por el que se reajusta la pensión de los Beneméritos sobrevivientes de las campañas del Pacífico, Acre y Manuripe.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nocional.

La Paz, 26 de septiembre de 1957.

(Fdo.) Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Heberto Añez, Senador Secretario.- Joél Balderrama, Diputado...

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