Ley 576

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición576
Fecha de Publicación26 de Octubre de 1983

LEY DE 20 DE OCTUBRE DE 1983 No. 576

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado del Departamento de Oruro, con su capital El Choro, la misma que estará constituÍda por los siguientes cantones: Challacollo, Crucero, Belén, Rancho Grande y San Felipe de Chaitavi. Los límites de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, son las siguientes: Al Norte, con Santo Tomás; al Sur, con las Provincias Saucari y Poopó, la Este con la Provincia Poopó, y al oeste, con la Provincia Saucari.

ARTICULO SEGUNDO.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la delimitación de la Tercera Sección Municipal de la Provincia El Cercado de Oruro, con su capital El Choro; levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los cinco días...

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