Ley 1513

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Agua
Número de Edición1513
Fecha de Publicación29 de Noviembre de 1993

LEY N° 1513
LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1993


GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad regional la construcción de las plantas de tratamiento de aguas servidas para las ciudades de Potosí, Villazón, Tupiza y Cotagaita ubicadas en el Departamento de Potosí.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), la elaboración de los proyectos hasta el diseño final.

ARTICULO TERCERO.- Se autoriza al Poder Ejecutivo el trámite de financiamiento respectivo ante instituciones nacionales y/o internacionales.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 8 de noviembre de 1993.

Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo...

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