Ley de 7 de diciembre de 1956

GobiernoAdministrativa - Expropiación Inmueble
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1956

Ley de 7 de diciembre

HERNÁN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado Ia siguiente Ley:

El Congreso Nacional,

DECRETA:

Artículo único.- Se eleva a rango de ley, el Decreto Supremo N°4343 de 16 de marzo del presente año, referente a la expropiación de la casa de la calle "Santiváñez" N° 437 de la ciudad de Cochabamba, de propiedad de Edílberto Gamboa con destino a Albergue y Sede Social de la Federación Departamental de Beneméritos Excombatientes de la Guerra del Chaco.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 29 de noviembre de 1956.

Ovidio Barbery Ibáñez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Senador...

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