Ley 2577

GobiernoAdministrativa - Transferencia Mueble
Número de Edición2577
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2003

LEY N° 2577

LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda la transferencia, a título gratuito de bienes consistentes en materiales y equipos de transporte ferroviario tales como: locomotoras, coches metálicos y de madera y otros equipos de propiedad de la ex Empresa Nacional de Ferrocarriles, a favor del Gobierno Municipal de Uyuni, de conformidad al “Acta de Inventariación de Materiales”, realizada entre ambas instituciones en fecha 5 de mayo de 2000.

ARTICULO 2º.- El material y equipo motivo de transferencia consta de 16 (dieciséis) locomotoras a vapor; 11(once) coches pasajero de madera; 5 (cinco) equipos de grúa; 1 (un) coche motor; 1(un) equipo liviano; 2 (dos) piezas de remolque; 4 (cuatro) piezas de vía y empuje; 4 (cuatro) coches metálicos fabricados en Uyuni; 5 (cinco)estructuras para transporte en áreas de recreación; 4 (cuatro) artefactos (considerados reliquias); otros artefactos menores de valor histórico.

ARTICULO 3º.-Los bienes transferidos serán empleados específicamente en la implementación del proyecto de “Museo Ferroviario” en el marco del programa de promoción del sector...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR