Ley 2568

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2568
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2003

LEY N° 2568

LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°. Se declara de prioridad nacional el desarrollo agropecuario del Norte de Potosí.

ARTICULO 2°. Se dispone que el Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Educación, elabore un proyecto de factibilidad para la capacitación de la juventud Norte potosina en técnicas y gerencia agropecuaria.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes noviembre de dos mil tres años.

Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando...

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