Ley 2514

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2514
Fecha de Publicación18 de Noviembre de 2003

LEY N° 2514

LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°. Declárase de prioridad nacional y necesidad regional, el diseño y la construcción de la carretera Peñas - Kasamaya - Millipaya - Sorata, de vinculación de las Provincias Los Andes, Omasuyos y Larecaja del Departamento de La Paz.

ARTICULO 2°.- Encomíendase a la Prefectura del Departamento de La Paz, al Ministerio de Desarrollo Económico - Servicio Nacional de Caminos y al Ministerio de Desarrollo Sostenible, a coordinar la ejecución de estudios y construcción de la carretera.

ARTICULO 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar ante organismos nacionales y/o internacionales, el financiamiento necesario para el estudio técnico - económico, así como para la construcción de la carretera mencionada en el Artículo 1° de la presente ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable...

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