Ley 1858

GobiernoInternacional - Comercial
Número de Edición1858
Fecha de Publicación22 de Junio de 1998

LEY No 1858

LEY DE 3 DE.IUNIO DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución l2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Cuarto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre Comercio de Servicios, suscrito por Bolivia en diciembre de 1997, en el marco de la Organización Mundial de Comercio.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza...

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