Ley 666

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición666
Fecha de Publicación21 de Diciembre de 1984

LEY DE 1 DE NOVIEMBRE DE 1984

No. 666

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase la Segunda Sección de la Provincia Linares del Departamento de Potosí, con su capital Caiza "D", comprendiendo dentro de su jurisdicción a los Cantones Tuctapari, Cuchu-Ingenio, La Lava y los villorios Chajnacaya, chillama, Poncochi, así como los ayllos Chorcha, Kollana, Mangasaya, Kapakanaca y Uruquilla, siendo los límites de la Segunda Sección: al Norte con la Provincia Tomás Frias, al Sur con la Provincia Nor Chichas, al Este con el Cantón Vilacaya y la Provincia Nor Chichas y al Oeste con la Provincia Quijarro.

ARTICULO 2o.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad, al Artículo 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la Segunda Sección, levantando el plano correspondiente y fijando los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR