Ley 2841

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2841
Fecha de Publicación27 de Septiembre de 2004

LEY N° 2841

LEY DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- De conformidad a lo establecido por el artículo 59°, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia, a título oneroso, de “Las Tomas de Agua y sus instalaciones”, ubicadas en el Río Huayña Pasto Chico de la población de Sepulturas del Departamento de Oruro, en favor de la Cooperativa de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (COAPAS) Vinto Ltda. y con destino a la ejecución de un proyecto de mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable para la población de Vinto del Departamento de Oruro.

ARTICULO 2.- El procedimiento administrativo y legal de la transferencia estará sujeto al levantamiento topográfico del lugar, y el valor de la transferencia será fijado según el precio de realización y de mutuo acuerdo entre ENFE y COAPAS Vinto Ltda.

Remítase al Poder...

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