Ley 1634

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición1634
Fecha de Publicación12 de Julio de 1995

LEY N° 1634
LEY DE 5 DE JULIO DE 1995

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) el día 20 de marzo de 1995, por la suma de hasta SESENTA Y SEIS MILLONES SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 66.067.298.00) que incluye el financiamiento para estudios de preinversión ($us. 1.220.499) y para la ejecución de obras destinadas a la Pavimentación de la Carretera AbapóCamiri ($us. 64.846.799).

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días...

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