Ley 1800

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición1800
Fecha de Publicación 1 de Diciembre de 1997

LEY No 1800

LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1997

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Transfiérase a título gratuito al H. Congreso Nacional, con destino al funcionamiento de la Brigada Parlamentaria de Potosí el inmueble de propiedad de la Prefectura del Departamento, ubicado en la Calle Ayacucho No 30 esquina Cochabamba de la ciudad de Potosí.

ARTICULO SEGUNDO.- La Directiva de la Brigada Parlamentaria de Potosí, se encargará de los trámites de transferencia, gastos de restauración, remodelación y mantenimiento del mencionado inmueble.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete años.

Fdo...

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