Ley 1805

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición1805
Fecha de Publicación 1 de Diciembre de 1997

LEY No 1805

LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1997

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase Patrimonio Histórico Republicano a la Plaza de Armas y Areas adyacentes del poblado de Suipacha ubicado en la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, en homenaje a los Guerrilleros de la Independencia que encabezados por el Coronel Pedro Arraya y con la participación del Primer Ejército Auxiliar Argentino comandado por el Dr. Juan Jose Castelli; derrotaron al Ejército Realista el 7 de Noviembre de 1810 en los campos de Suipacha.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase a los Ministerios de Defensa Nacional, Educación, Cultura y Deportes y la Prefectura del departamento de Potosí, gestionar el financiamiento para la construcción de un Museo Histórico Militar, que constituirá un repositorio de los restos, reliquias, iconografías y reproducciones de la Batalla de Suipacha.

ARTICULO TERCERO.- El Area del Patrimonio Histórico Republicano constituirá un Centro Turístico, propósito para el cual se encomienda a la Prefectura del Departamento, el financiamiento del saneamiento básico y la dotación de...

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