Ley 1794

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición1794
Fecha de Publicación 1 de Diciembre de 1997

LEY No 1794

LEY DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1997

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase la necesidad nacional la construcción de un Centro Internacional de Convensiones (CIC) destinado a la realización de reuniones regionales, nacionales e internacionales de carácter público o privado.

ARTICULO SEGUNDO.- El Centro Internacional de Convensiones CIC se ubicará en la ciudad de Potosí, Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, debiendo para el efecto, elaborarse un Proyecto de Factibilidad para lo que se recomienda al Viceministerio de Turismo dependiente del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, para que junto con la Prefectura del Departamento gestione el financiamiento para la ejecución del mencionado proyecto.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de...

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