Ley de 21 de septiembre de 1957

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Fecha de Publicación30 de Septiembre de 1957

Ley de 21 de septiembre de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

El Congreso Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º- Autorízase al Ministerio de Educación a vender en subasta pública el edificio escolar de Santa Ana del Yacuma, destinándose los fondos que se obtengan a reforzar las sumas asignadas por el portafolio indicado para la construcción del nuevo edificio escolar de esa población.

Artículo 2º- El Comité Impulsor de Constricción de la Escuela, existente en Santa Ana del Yacuma, supervigilará la inversión de estos recursos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 16 de septiembre de 1957.

(Fdo.) Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados.- Ciro...

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