Ley 1938

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición1938
Fecha de Publicación 5 de Marzo de 1999

LEY Nº 1938

LEY DE 10 DE FEBRERO DE 1999

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De acuerdo con el Artículo 59, inciso 7º de la Constitución Política del Estado; se autoriza la transferencia a título de compra-venta de los terrenos ubicados en el Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de propiedad de la Ex-CORDECRUZ y Prefectura Departamental, a favor de la Universidad Privada de Santa Cruz de la Sierra (UPSA) y de la Fundación Santa Cruz de la Sierra, de acuerdo a los contratos Nº 120/90 y 313/97 protocolizados mediante la Notaría de Hacienda y homologados por el Consejo Departamental de Santa Cruz, mediante Resolución de fecha 12 de diciembre de 1997.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de febrero de mil...

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