Ley 908

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición908
Fecha de Publicación 9 de Enero de 1987

LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 1986

No. 908

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1. - De conformidad con el inciso 7º del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, se autoriza la transferencia de terrenos de la Prefectura del Departamento de Potosí, en favor de las siguientes instituciones: Potosí Golf Club, Sindicato de Trabajadores de la Prefectura del Departamento, Sindicato deTrabajadoresen Radioy Televisión, Federación de Fabriles, Instituto Boliviano de la Ceguera, Asociación de Peinadores y Ramas Anexas, Servicio Departamental de Reforma Agraria, Centro de Desarrollo Forestal, Fiscalía del Distrito y Jefatura del Trabajo, con destino a sus afiliados para la construcción de viviendas de interés social, conforme a las resoluciones de la Junta Departamental de Almonedas: Nos. 3/ 78, 18/ 80, 7/ 79, 6/ 79, 8/ 79 y 9/79.

ARTICULO 2. - Las extensiones y colindancias de los correspondientes lotes, se regirán por las resoluciones anteriormente indicadas y por el plano general de urbanización, levantando por el Consejo del Plan Regulador de la ciudad de Potosí.

ARTICULO 3. - Los bienes inmuebles con que son beneficiados los...

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