Ley 3142

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición3142
Fecha de Publicación25 de Agosto de 2005

LEY N° 3142

LEY DE 15 DE AGOSTO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado se autoriza al Gobierno Municipal de la Ciudad de El Alto a transferir con carácter gratuito los siguientes 7 lotes de terreno de su propiedad en favor de la Policía Nacional, con destino a la construcción de infraestructura para la seguridad ciudadana.

DESTINO DISTRITO SUP/m2 REGISTRO DESTINO
1 Río Seco, Sector Libertad 4 2567.33 201.4.01.0007737 Comando Policía
2 Urb. Juntuhuma Tarapacá 8 6000,00 01498305 Distrito Policial Nº 6
3 6 de junio 2 1000.00 01122851/014899303 Est. Policial
4 Villa Adela 3 2500.00 2.01.4.01.0013202 Est. Policial
5 Cosmos 79 3 2275.00 2.01.4.01.0007768 Est. Policial
6 Yunguyo 4 380,00 2.01.4.01.0007737 Est. Policial
7 Villa Ingenio 1 5 750,00 3827-3827-40-83 Est. Policial

ARTICULO 2º. Los bienes inmuebles que se transfieren a la Policía Nacional mantienen su naturaleza de bienes de servicio público y para los fines establecidos, no pudiendo ser transferidos, cedidos total o parcialmente a terceras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, su incumplimiento dará lugar a la reversión automática de los mismos al patrimonio municipal de la ciudad de El Alto.

ARTICULO 3º. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Gobierno asignará los recursos económicos para la ejecución de diseños y...

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