Ley 335

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Liberacion Tributaria
Número de Edición335
Fecha de Publicación27 de Septiembre de 1967

LEY NUMERO335.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Exenciónase por cinco añosa contar de la segunda gestión de 1967 (1º de julio de 1967) del pago del impuesto fiscal sobre utilidades al Banco de Crédito de Oruro.

Artículo 2º

El producto que resulte de la anotada exención, será destinado al financiamientode un edificio propio para dicha entidad en la ciudad de Oruro y depositado en una Cuenta de Reserva pro edificio, no pudiendoen caso alguno imputarse a la distribución de dividendos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,8 de septiembre de 1967.

(Fdo.) Hugo Bozo Alcócer, Presidentedel H. Senado Nacional.-René Baldivieso, Presidentede la H. Cámara de Diputados.- Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario.- Víctor Quinteros,Senador Secretario.-Germán Vargas Martínez , DiputadoSecretario.- José Calderón Llerena...

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