Ley 3259

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3259
Fecha de Publicación30 de Diciembre de 2005

LEY N° 3259

LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Se autoriza al Ministerio de Servicios y Obras Públicas que a través del Servicio Nacional de Caminos se incorpore a la red fundamental de caminos, la ruta Norte que une la carretera Santa Cruz - Trinidad a la carretera Trinidad - Puerto Ustarez, con una extensión de 7 + 23 kilómetros. La ruta Sur que une las carreteras Trinidad - Santa Cruz a la carretera Trinidad - La Paz con una extensión de 6 + 96 kilómetros.

ARTICULO 2º. Se autoriza a la Prefectura del Departamento del Beni y a la H. Alcaldía Municipal de la Santísima Trinidad, la construcción de la Avenida Doble Vía Panamericana con una extensión de 3 + 10 kilómetros y un costo de $us 2.934.224,06 (DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO 06/100 DOLARES AMERICANOS), con una participación financiera de la prefectura de un 80% y el municipio con un 20% los mismos que serán financiados con el Presupuesto de la Gestión 2006.

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