Ley 3272

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Número de Edición3272
Fecha de Publicación30 de Diciembre de 2005

LEY N° 3272

LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Instrúyase al Poder Ejecutivo la apertura de una oficina descentralizada de la Superintendencia de Minas en la ciudad de Trinidad, con todas las facultades legales.

ARTICULO 2. La Superintendencia de Minas, deberá asignar las partidas presupuestarias para el pago de servicios personales y gastos de funcionamiento de la representación en la ciudad de Trinidad, la cual debe consolidarse en el plazo de noventa días.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque...

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